⏱️ Tiempo estimado de lectura: 12 minutos y 55 segundos.
La conocí casi 3 meses después. Su historia me impactó, como tantas otras de personas que voy conociendo a lo largo de mi vida, porque plantea preguntas incómodas que poca gente se anima a formular.
En noviembre del año pasado iba a venir a visitarme para mi cumpleaños. Me mandó un mensaje diciendo que «Estaba esperando el colectivo». Y fue lo último que supe de ella ese día. La llamé, no contestaba. Le envié mensajes, no le llegaban. Conociendo su historia, esa misma noche hice la denuncia por averiguación de paradero al 9-1-1. Los oficiales vinieron a certificar la denuncia y me llevaron a declarar.
Intentaron llamarla al igual que yo, intentaron contactarse a la comisaría cercana a su domicilio sin éxito, intentamos contactarnos con alguien cercano a través de sus redes sociales. No pudimos.
Tuve habilitado mi teléfono toda la noche. Al día siguiente me llamó. Su ex le había cortado la línea de nuevo a través del servicio automatizado para denuncias por robo o extravío. Sí. Permite que cualquiera pueda denunciar una línea robada a cualquier hora. Pero también que alguien que tenga tus datos personales lo haga por vos.
Recuperó la línea, me llamó, y tuvo que venir a certificar a la comisaría de cerca de mi casa que estaba viva. Que se encontraba bien. Que no le había pasado nada. O al menos nada realmente grave. Porque algo sí había pasado. Algo que venía pasando hace tiempo y que siguió pasando incluso tiempo después.
Otro tres de junio
Existen casos, nombres, personas, historias y vidas que nunca llegan a los titulares. Existen quienes no pueden denunciar. Existen quienes no quieren hacerlo. Y existen quienes, aun teniendo todo en contra, encuentran la fuerza para seguir adelante.
Cuando no nos escuchan, gritamos más fuerte o nos resignamos al silencio. Cuando no nos entienden, buscamos mil formas distintas de explicarnos. Cuando no nos creen, volvemos a contar nuestra historia una y otra vez, esperando que alguien escuche, que alguien comprenda o que finalmente llegue la justicia.
Y siempre tenemos que volver a exponernos. Volver a explicar. Volver a recordar. Volver a sufrir. Pero cuando estamos muertas ya nada de eso tiene sentido.
Por eso hoy seguimos diciendo:
Yo también me fui con vos
Cuando Ruth decidió compartir con el mundo su historia, lo hizo a través de una publicación de Facebook. No empezó hablando de denuncias, de abogados ni de expedientes judiciales. Le habló a su hijo.
Y entonces entendí que detrás de toda aquella documentación, detrás de las amenazas, de las audiencias y de la sentencia, existía otra historia. Una que no figuraba en ninguna resolución judicial.
«Y mientras a mí me obligaron a abortarte, para él la vida sigue. Como si nada. Mientras que mi mundo se detuvo. Me dijeron que desconectarme de vos sería fácil. Una pastilla, un sangrado menstrual, un poco de dolor. Pero sigo sangrando por dentro, y un poco también por fuera.»
La justicia puede determinar responsabilidades penales. Puede valorar pruebas. Puede dictar condenas. Lo que no puede hacer es medir el peso de una ausencia.
«Pienso en vos las 24 horas del día. Y tomo pastillas para intentar no pensarte. Para no pensar en lo que nos hicieron.»
¿Qué decirle? ¿Cómo se acompaña un dolor así? ¿Cómo se responde cuando alguien te habla de una pérdida que sigue ocurriendo cada mañana? No tengo las respuestas. Cuando no sabés qué decir, a veces hacer silencio y acompañar es la mejor ayuda que podés brindar. Porque la frase final de esa publicación te cae como un martillazo en la cabeza.
«Yo también me fui con vos.»
Y es que entendí que habla de su hijo. Habla de ella misma. De una parte de su vida que siente que desapareció para siempre.
Ayer, hablando sobre todo esto, me dijo algo que tampoco supe responder.
«Creo que en realidad yo estoy muerta.»
No lo dijo como quien busca llamar la atención. No lo dijo esperando una solución. Lo dijo como quien intenta ponerle palabras a algo que ya no sabe cómo explicar.
Y quizás ahí esté una de las mayores tragedias de esta historia. Porque la sentencia terminó. El expediente terminó. La audiencia terminó.
Pero para Ruth, nada de eso terminó realmente.
Lo que dijo la justicia
El pasado 29 de mayo, el Juzgado Correccional N.º 4 de San Isidro dictó sentencia en la causa 7777-P, seguida contra Francisco Salvador Crespo por el delito de amenazas coactivas.
La condena llegó a través de un juicio abreviado, una herramienta prevista por el Código Procesal Penal que permite evitar la realización del juicio oral y público cuando las partes alcanzan un acuerdo respecto de la calificación legal de los hechos y de la pena a imponer. En este caso, el imputado aceptó dicho acuerdo y se declaró penalmente responsable, recibiendo una condena de dos años de prisión de ejecución condicional.
Según la sentencia, la justicia tuvo por acreditado que entre los días 15 y 18 de agosto de 2024, Francisco Salvador Crespo amenazó a Ruth Mayra Herrera mediante mensajes enviados a través de WhatsApp.
Entre las amenazas que el juez consideró probadas se encuentran las siguientes:
«…las cosas no van a aparecer hasta que no abortes, no vas a recuperar nada…»
«…te voy a matar con el pendejo adentro…»
«…si querés salir viva tenés que abortar…»
«…vos no vas a ser madre de mi hijo o no vas a ser…»
«…más te vale que abortes porque te voy a matar.»
Por estos hechos, el juez resolvió condenarlo como autor penalmente responsable del delito de amenazas coactivas y le impuso, además, la obligación de fijar residencia y abstenerse de mantener contacto conflictivo con Ruth Mayra Herrera durante el plazo de dos años.
Lo que me llamó la atención de la audiencia
Cuando escuché por primera vez la audiencia, esperaba encontrar una simple formalidad procesal. Después de todo, las partes ya habían llegado a un acuerdo de juicio abreviado y el juez debía resolver sobre la base de la prueba existente en el expediente. Sin embargo, hubo algo que me llamó la atención desde el primer momento.
Francisco Salvador Crespo intentó hablar varias veces. Insistió en hacerlo. Dijo que nunca había tenido oportunidad de expresarse durante el proceso y manifestó su desacuerdo con algunos de los elementos incorporados a la causa. El juez, una y otra vez, le respondió lo mismo: aquella no era una audiencia de debate oral y público. Precisamente porque había aceptado acceder a un juicio abreviado, la discusión sobre los hechos ya no iba a producirse allí. Y creo que esa diferencia es importante.
Muchas personas entienden el juicio abreviado como una confesión. Sin embargo, el propio juez explicó durante la audiencia que, al menos en la provincia de Buenos Aires, el imputado no está aceptando formalmente su culpabilidad, sino una vía alternativa para que la sentencia sea dictada sobre la base de la prueba ya incorporada al expediente. Lo que se acepta es el procedimiento, la calificación legal y la pena acordada entre las partes.
Sin embargo, a medida que avanzaba la audiencia, aparecía una contradicción difícil de ignorar. Por un lado, Francisco Salvador Crespo aceptaba la vía procesal que evitaba la realización del juicio oral y público. Por el otro, insistía en cuestionar las pruebas existentes, afirmando que habían sido fabricadas, que habían sido creadas mediante inteligencia artificial o que no habían sido correctamente peritadas.
No soy jueza. No soy fiscal. Tampoco soy perito informático. Pero mientras escuchaba la audiencia no podía dejar de pensar en una pregunta mucho más simple.
Si las pruebas eran falsas, si los hechos no ocurrieron de la manera en que fueron relatados y si la acusación era tan grave como para cuestionar todo el material incorporado a la causa, ¿no era precisamente el juicio oral y público el lugar donde esas cuestiones debían discutirse?
La respuesta jurídica probablemente tenga muchos matices. La respuesta humana, en cambio, me sigue generando preguntas.
Porque mientras gran parte de la discusión giraba alrededor de audios, pericias, inteligencia artificial, contactos políticos o estrategias procesales, había algo que seguía presente en el expediente, en la sentencia y en la propia audiencia: las amenazas.
Y es ahí donde me resulta imposible no volver al punto de partida. Antes de preguntarnos si un audio fue grabado de una manera u otra, antes de preguntarnos qué tecnología existe para falsificar voces o alterar contenidos, existe una pregunta mucho más incómoda.
¿Amenazó o no amenazó a Ruth?
Todo lo demás vino después.
Consentir bajo amenaza
Durante años, gran parte del debate público sobre el aborto giró alrededor de preguntas filosóficas, religiosas, jurídicas y científicas. ¿Cuándo comienza la vida? ¿Qué derechos están en juego? ¿Quién debe decidir? ¿Qué rol tiene el Estado?
Sin embargo, la historia de Ruth me obligó a detenerme en una pregunta completamente distinta. ¿Qué significa consentir algo cuando se vive bajo amenaza?
Porque esta no es una historia sobre si el aborto debería ser legal o ilegal. Tampoco es una historia sobre si una persona tiene o no derecho a interrumpir un embarazo. Es una historia sobre libertad. O más precisamente, sobre qué ocurre cuando la libertad se ve condicionada por el miedo.
Durante la audiencia, Francisco Salvador Crespo insistió varias veces en que nadie llevó a Ruth de la mano a realizarse el aborto. Y probablemente tenga razón en algo: nadie puede obligar físicamente a otra persona a firmar un consentimiento informado. Pero la coerción rara vez funciona de esa manera.
La violencia psicológica no necesita empujar una puerta. No necesita acompañar a alguien hasta un hospital. No necesita siquiera estar presente en la habitación. Le alcanza con instalar una pregunta permanente: ¿Qué pasa si no hago lo que me están exigiendo?
Y creo que esa es una de las cuestiones más incómodas que deja esta historia. Porque cuando hablamos de consentimiento solemos imaginar una decisión libre, tomada sin presiones, sin amenazas y sin miedo. Pero cuando una persona afirma que actuó bajo hostigamiento constante, bajo amenazas contra su integridad física y bajo la promesa de que su vida se convertiría en un infierno si no obedecía, la discusión deja de ser jurídica para convertirse en algo profundamente humano.
No sé qué habría hecho yo en su lugar. No sé qué habría hecho nadie. Lo único que sé es que después de leer la sentencia, escuchar la audiencia y hablar con Ruth, me resulta imposible reducir esta historia a un simple debate ideológico. Porque detrás de cada discusión pública hay personas reales. Y algunas de ellas siguen intentando reconstruirse mucho tiempo después de que el resto del mundo ya pasó a otro tema.
Después de la sentencia
Cuando empecé a escribir este artículo pensé que iba a hablar de una sentencia. De una audiencia. De una causa judicial. De amenazas. De responsabilidad penal. Incluso pensé que iba a hablar de inteligencia artificial, de pruebas y de algunas contradicciones que me llamaron la atención durante el proceso.
Pero cuanto más avanzaba, más evidente se volvía algo. La historia importante nunca estuvo en el expediente. Estaba en Ruth. Estaba en una mujer que todavía sigue intentando convivir con las consecuencias de lo ocurrido. Estaba en una publicación de Facebook escrita para un hijo que nunca llegó a conocer. Estaba en una frase que todavía no logro sacarme de la cabeza:
«Yo también me fui con vos.»
Y quizás por eso esta historia me resulta tan difícil de contar. Porque detrás de cada denuncia hay una persona. Detrás de cada causa hay una vida. Detrás de cada sentencia hay alguien que tiene que seguir adelante cuando los jueces, los abogados, los periodistas y el resto del mundo ya pasaron a otra cosa.
Hoy, 3 de junio, muchas personas volverán a hablar de estadísticas. De consignas. De casos recientes. De nombres que ocuparon titulares. Yo preferí contar otra historia. La historia de Ruth. Porque las historias que no llegan a los medios también importan. Porque las mujeres que sobreviven también importan. Porque las consecuencias no desaparecen cuando termina un expediente judicial.
Y porque a veces la mayor forma de justicia que podemos ofrecerle a alguien no consiste en hablar por ella. Consiste en escucharla.
Fuentes
- Sentencia del Juzgado Correccional N.º 4 de San Isidro, causa 7777-P.
- Audiencia pública (arts. 105 y 338 del C.P.P.)
- Testimonio original de Ruth Mayra Herrera
- El resto corresponde a reflexiones personales elaboradas a partir de la sentencia, la audiencia pública y conversaciones mantenidas con Ruth.
